Excepciones legales en la regulación de Internet en Europa

Entrada de una inconsistente normativa del organismo que aúna a los reguladores de telecomunicaciones en toda Europa sobre la neutralidad de la red.

Excepciones legales en la regulación de Internet en Europa

En Europa se lleva desarrollando una batalla por asegurar la neutralidad en las redes. Hay asuntos que hacen discrepar a usuarios, empresas tecnológicas y ‘telecos’.

Las empresas de telecomunicación quieren acabar con la tarifa plana para beneficiarse de tarifas por Mb de descarga, consiguiendo mas beneficios. A su vez, desean aprovechar sus redes para hacer caja con las empresas que se benefician del uso de las mismas (imponer un ‘peaje’ a las empresas).

Por otra parte los usuarios desean mejores redes; mas rápidas y con mejor ‘redundancia’ (velocidad de subida respecto de la bajada de datos), con precios mas bajos y tarifas planas.

Por último, las empresas tecnológicas quieren acaparar a los clientes finales respecto de la competencia, ideando para ello estrategias desleales de las que algunas indicaremos aqui.

 

La Comisión Europea, como mediadora, y a través del BEREC, el organismo que agrupa a todos los reguladores de telecomunicaciones en Europa, ha venido a dar una serie de cambios a una normativa puesta en marcha en abril de 2016 y que de forma oficial se puede leer aqui.

Hay partes de la normativa que son protectoras del usuario, por ejemplo. Según el artículo 3.3 del reglamento, “los proveedores de acceso a internet deben tratar todo el tráfico por igual, sin discriminar, restringir o interferir el contenido al que se accede o se distribuye, independientemente de quién lo facilita, las aplicaciones utilizadas o el terminal desde el que se accede”. Esto viene a solventar las miles de quejas que se formularon cuando empresas de telecomunicación interferían, o bloqueaban deliveradamente las descargas por ejemplo, de programas P2P o de ciertos servidores de streaming (videos online).

 

Aunque la medida parece justa para los usuarios finales, se abre una brecha a la especulación cuando se añade “los reguladores de cada país deberán considerar los mecanismos internos de red de los IPSs usados en momentos de congestión como un recurso en línea con el trato igualitario [del tráfico] y, por tanto, permisible, siempre y cuando estos mecanismos sean agnósticos de las aplicaciones y no se circunvale la regulación“. Ahí, deja abierta a la interpretación qué se considera agnóstico de las aplicaciones (dicho sea de paso, un concepto ese muy ‘obtuso’).

 

Vale, entonces, ¿donde podría estar la trampa ahí? La trampa estaría por ejemplo en que no hay mención expresa hacia algunas prácticas como la llamada ‘zero-rating‘, que para que se entienda lo explicamos con un ejemplo.

Si tu quieres contratar o cambiar de operadora de móvil, y la operadora ‘ZZZZ’ te ofrece ??Megas al mes peeeeeeero sin contarte lo que uses de Mb en Spotify, Netflix o Whatsaap. Tu que usas mucho estas apps, rápidamente captará tu atención y te llevará a contratar.

 

Suena bien, pero por detrás hay una empresa que por su posición predominante y/o con un talonario generoso, ha cerrado un acuerdo privado con esa operadora, perjudicando de forma irremediable a pequeñas firmas o startups y por ende, a la ‘libre competencia y elección de usuarios’.berec_zerorating

Es que además, esa practica conlleva a sortear lo dictado en esas nuevas directrices del ‘BEREC’ y en concreto el citado artículo 3 (3), que estaría en contra de esto, porque si tu consumes tus datos mensuales te reducen la velocidad de los datos pero no afectaría a esas ‘apps’ sujetas a acuerdo comercial; creando un agravio obvio a aquellas apps que no tienen acuerdos privados.

 

¿Como responde el BEREC ante estas cuestiones? De nuevo recurre a la ambiguedad usando terminología disuasoria y abierta como es: “establecer si las medidas garantizan el funcionamiento continuado del ecosistema de internet como una fuente de innovación“.

 

En otras palabras, la CNMC (que es el organismo oficial que regula las comunicaciones en España) sería quien tiene que decidir y analizar caso por caso, esta legislación europea tan laxa y abierta, pero dado el poder del ‘lobby’ de las telecos, es previsible de qué lado caerá la balanza.

Comentarios cerrados

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies